Saltar navegación

Número actual de viviendas con Licencia de Primera Ocupación en el ámbito urbanístico (NO VIABLE)

Resumen de la propuesta: Número actual de viviendas con Licencia de Primera Ocupación en el ámbito urbanístico.

Fecha de recepción: 21/12/2020

Propuesto por: Solicitante

Estado: NO VIABLE

Detalle: Se solicita conocer el número actualzado de viviendas con Licencia de Primera Ocupación de los ámbitos urbanísticos que cuentan con un número máximo de viviendas que sea vinculante, según las Normas Urbanísticas de la zona, como son muchos APIs y la Norma Zonal 3.2. Ello, publicado junto al número máximo de viviendas de la zona, sería de mayor comodidad.

Motivo de la petición: Es preciso conocer si hay posibilidad de hacer más viviendas en cada uno de los Ámbitos urbanísticos que tienen un numero máximo vinculante para saber si se pueden solicitar licencias para hacer más viviendas, (por conversión de Local a vivienda, segregaciones de viviendas, nuevas plantas, etc) en el ámbito concreto o si ya está alcanzado el número máximo vinculante en la zona.

Beneficios esperados: Conocer por esta información la posibilidad de adquirir un local en alguna de estas zonas, para poderlo convertir en una o más viviendas que me permitan residir en ellas sin pagar los altos precios de vivienda por m2 que se pide actualmente en la ciudad de Madrid.

  • Respuesta

La información solicitada de Licencias de Primera Ocupación no supone ningún beneficio de cara a conocer si es posible transformar locales a viviendas. La posibilidad de transformación de locales a viviendas se debe evaluar de manera individualizada por los servicios técnicos municipales competentes mediante el sometimiento a licencia urbanística previa y posteriormente a la primera ocupación y funcionamiento.

Se puede solicitar previamente a la licencia urbanística la denominada consulta urbanística común o especial, reguladas en los artículos 13 y 14 ,respectivamente, de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas para conocer la viabilidad de lo pretendido o resolución de las dudas que se le planteen para una determinada parcela, solar, inmueble o local, así como los actos o usos del suelo o subsuelo permitidos, y del procedimiento de tramitación aplicable para la actuación que se trate.

Vota este contenido

Indica tu puntuación del 1 al 5
  • Sin interés
  • Poco interesante
  • De interés
  • Muy interesante
  • Imprescindible

Resultado:

614 votos
  • Sin interés
Subir Bajar